El jueves 29 de octubre, el Gobierno de Abelardo de la Espriella radicó en la Cámara de Representantes el proyecto de Ley de Rescate Económico, de 106 artículos1. Ese mismo día, en la Plaza de Bolívar, el vicepresidente Juan Manuel Restrepo y el ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, lo presentaron al país2. Grafimática Digital leyó el articulado completo y comparó con él las afirmaciones centrales de esa declaración. Cada una lleva una calificación de la escala de la casa: cierto, cuando coincide con el texto; incompleto, cuando es cierta pero calla lo que importa; engañoso, cuando es cierta en parte y lleva a una conclusión que el texto no sostiene; y falso, cuando el texto dice lo contrario. La escala califica lo que se dijo frente a lo que está escrito, sin juzgar la intención de quien habla.
"19 millones de colombianos, dentro de los cuales están los más vulnerables y pobres de este país que hoy pagan IVA, dejarán de pagarlo y se lo devolveremos anticipadamente", dijo el vicepresidente2. Según los artículos 38 a 40 del proyecto, esas personas seguirán pagando el IVA en cada compra y el Estado les devolverá una parte después, a partir del 1 de enero de 20281. La devolución completa es solo para quienes estén en pobreza extrema, en pobreza o en el tramo más bajo de la población vulnerable; los demás tramos vulnerables recibirán el 50, el 40 o el 30 por ciento de lo que paguen, con un tope de 5,5 UVT al mes. Lo anticipado es un único giro equivalente a quince días, que se hará a más tardar el 20 de diciembre de 2027. Dejar de cobrar el IVA en la caja queda como una posibilidad que la DIAN podrá evaluar. Calificación: falso.
""Nueve de cada diez colombianos no se verán directamente afectados por esta ley""
"El resto la ponen quienes más tienen", dijo también el vicepresidente, y agregó que "nueve de cada diez colombianos no se verán directamente afectados por esta ley"2. El articulado sí cobra más a las personas de ingresos muy altos: desde 8.670 UVT de renta gravable al año, la tarifa sube del 35 o el 37 por ciento actual al 39 (artículo 48)13. Pero la carga empieza mucho más abajo. Desde 2027, el empleado que gane más de dos salarios mínimos aportará a salud entre el 5,5 y el 8 por ciento de su salario, frente al 4 por ciento de hoy, y el trabajador independiente pasará del 12,5 por ciento a una tarifa de hasta el 15,5 (artículo 21)14. En los regímenes especiales y de excepción, como el de los docentes oficiales, el aporte del trabajador sube 1,5 puntos entre dos y tres salarios mínimos y 2,5 puntos por encima de tres. El impuesto de renta se empezará a pagar desde 720 UVT de renta gravable al año, con un tramo nuevo del 9 por ciento, cuando hoy se empieza en 1.090, y bajan el tope de la renta exenta laboral, de 790 a 630 UVT, y el de las deducciones, de 1.340 a 1.180 UVT (artículos 47 a 49)13. Y desde 2028 desaparece la tarifa del 5 por ciento del IVA: lo que hoy la paga pasará a la tarifa general del 19 por ciento, salvo lo que el proyecto trasladó a las listas de bienes excluidos y exentos (artículos 42, 46 y 106)1. Calificación: engañoso.
"La ley de rescate económico baja la tasa de impuesto pensando en los microempresarios, en los pequeños empresarios, en los emprendedores que arrancan", dijo el vicepresidente2. El artículo 57 baja la tarifa de renta de todas las sociedades, del 35 por ciento actual al 33 en 2027 y al 31 desde 202813. La rebaja no distingue tamaño, y en pesos el alivio mayor va a las empresas que más utilidades declaran. Calificación: incompleto.
"Vamos a rescatar la salud con 30 billones de pesos durante los cuatro años", dijo el ministro de Hacienda2. El articulado no trae esa cifra, pero sí muestra de dónde saldría la plata: el IVA y el impuesto al consumo de licores, los impuestos a cigarrillos, vapeadores y cerveza, recursos de las cajas de compensación y del fondo de protección al cesante, y el mayor aporte a salud de los trabajadores (artículos 21 a 37)1. Una parte del rescate de la salud la pagan los propios asalariados. Calificación: incompleto.
La afirmación de que "siete de cada diez pesos del ajuste fiscal" salen de que el Estado se apriete el cinturón2 no se puede calificar con el articulado. El texto faculta al Ministerio de Hacienda para aplazar o reducir transferencias y crea un programa para revisar gastos (artículos 2 a 4)1, pero no fija montos. Esa cifra está en la exposición de motivos, que no hace parte del texto revisado.
Del otro lado del balance están los alivios, que la declaración no mencionó. La tarifa de renta de las sociedades baja para todas, como ya se dijo. El impuesto mínimo del 15 por ciento, que hoy aplica a las empresas en general, quedará solo para los grupos multinacionales con ingresos de 750 millones de euros o más (artículo 57)15. El impuesto al patrimonio empezará en 95.500 UVT, en lugar de las 72.000 de hoy, y se acabará en 2030 (artículos 66 a 68)15. Quien tenga activos ocultos podrá declararlos pagando un impuesto del 15 por ciento (artículo 70)1, y quien esté en mora o en pleito con la DIAN podrá pagar solo el 40 por ciento de las sanciones, con intereses del 5 por ciento anual (artículos 99 a 103)1. Los grandes proyectos de inversión que se acojan al nuevo régimen de estabilidad tendrán una tarifa de renta del 20 por ciento, y sus dividendos a socios del exterior, del 8 (artículo 69)1. Para los bancos el cambio es mixto: su tarifa total baja del 40 al 38 por ciento en 2027, pero la sobretasa que hoy termina ese año se extiende hasta 2030, con una tarifa del 36 por ciento (artículo 57)15.
En conjunto, el articulado alivia al capital, es decir, a las empresas, a los grandes patrimonios, a quienes escondieron activos y a quienes le deben a la DIAN, y pone la carga nueva sobre el trabajo de ingreso medio y sobre el consumo de todos. Un gobierno puede defender esa decisión ante el Congreso. Lo que el texto no sostiene es que la paguen "quienes más tienen" mientras "nueve de cada diez colombianos" quedan por fuera, y quien va a pagarla tiene derecho a saberlo con el artículo en la mano.
El proyecto debe pasar cuatro debates en el Congreso y todo lo anterior puede cambiar. Si se aprueba como está, los cambios en salud y renta regirán desde 2027 y los del IVA desde 2028. Si el Congreso lo modifica, esta nota se actualizará con cada cambio que afecte lo calificado aquí. Si se hunde, seguirá vigente el Estatuto Tributario actual. Texto revisado: el proyecto radicado el 29 de octubre de 2026. Fecha de corte: 31 de octubre de 2026.